Para garantizar el acceso oportuno de la población a los servicios de salud, en especial en situaciones donde las personas requieren de toda la disposición institucional para resolver de forma rápida problemas que plantean la diferencia entre vida o la muerte, el Ministerio de Salud y Protección Social, a través de la Resolución N 926 del 30 de marzo del 2017, que reglamenta el sistema de Emergencias Médicas, ha establecido, mediante el artículo 67 de la ley 1438 del 2011, la importancia en la eficiente articulación de los diferentes actores del sistema de seguridad social en salud, que permitan una respuesta oportuna a las víctimas de enfermedad, de accidentes de tránsito, de traumatismo o paro cardio-respiratorio que requieran atención médica de urgencias.
Para asegurar esta articulación, el Sistema de Seguridad Social en Salud, requiere contar con muchos elementos necesarios, que además abarquen las áreas de prestación de servicios en salud, desde una atención oportuna, hasta un egreso satisfactorio del usuario, de ahí la necesidad de la implementación del Sistema de Emergencias Médicas (SEM), para que opere como una verdadera red en la Ciudad de Pasto, y permitir racionalizar la oferta de servicios, frente a la demanda de urgencias de la población, teniendo en cuenta que es un Municipio de primera categoría.
El desarrollo de éstos centros, además de organizar la prestación de los servicios de urgencias a través de la coordinación interinstitucional, ofrece posibilidades para evaluarlos en forma práctica, gracias a la información que manejan y mantienen actualizada, por lo cual son parte fundamental e integral del Sistema Local y Departamental de Salud en el área de urgencias.