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Tras el bloqueo de la vía Panamericana que se registra a la altura del municipio de Piendamó en el departamento del Cauca, ocasionando dificultades en el transporte del combustible, la Alcaldía de Pasto expidió el Decreto 0139 del 1 de agosto de 2023 cuyo objetivo es garantizar la correcta distribución de este líquido en el municipio.

Para este fin se determinó restringir la comercialización de gasolina y Acpm en todas las estaciones de servicio, de manera temporal, hasta que se supere el bloqueo o se normalicen los índices de abastecimiento determinando como valores máximos de venta los siguientes:

  • Vehículos tipo ambulancias: cien mil pesos m/cte. ($100.000).
  • Vehículos automóviles tipo taxi: cien mil pesos m/cte. ($100.000).
  • Vehículos automóviles de transporte público colectivo que cumplen con rutas al sector rural: cien mil pesos m/cte. ($100.000).
  • Vehículos fúnebres: sesenta mil pesos m/cte. ($60.000).
  • Vehículos particulares: cincuenta mil pesos m/cte. ($50.000).
  • Vehículos tipo motocicletas: veinte mil pesos m/cte. ($20.000).

  restringir la comercialización de gasolina y Acpm en todas las estaciones de servicio

Igualmente, se determinó el horario de funcionamiento de las estaciones de servicio entre las 8:00 de la mañana hasta las 08:00 de la noche de cada día. Así mismo, se prohibe la venta de combustible en pimpinas, barriles, canecas, pomas, tambores, recipientes o similares a las personas naturales y/o jurídicas exceptuadas en el Decreto 255 del 15 de agosto de 2019.

Con respecto a las estrategias para evitar el acaparamiento y la reventa del hidrocarburo, la Policía Metropolitana y la Secretaría de Gobierno realizarán controles diarios al inicio, durante y al finalizar cada jornada de venta en las 49 Estaciones de Servicio del Municipio (EDS).

Finalmente, a través de la línea 3102692961 de la Sijin y el correo Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Necesita activar JavaScript para visualizarla., la ciudadanía puede enviar su denuncia relacionada con la venta o el acaparamiento de combustible en cualquier sitio distinto a las EDS del municipio.