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¿Que es discapacidad?

Discapacidad es un término general que abarca las deficiencias, las limitaciones de la actividad y las restricciones de la participación. Las deficiencias son problemas que afectan a una estructura o función corporal; las limitaciones de la actividad son dificultades para ejecutar acciones o tareas, y las restricciones de la participación son problemas para participar en situaciones vitales. Por consiguiente, la discapacidad es un fenómeno complejo que refleja una interacción entre las características del organismo humano y las características de la    sociedad    en    la    que    vive.    (Según    la    OMS).

Qué es la inclusión social de personas con discapacidad?

Expresa el adecuado acceso a bienes y servicios, procesos de elección colectiva, la garantía plena de los derechos de los ciudadanos y la eliminación de toda practica que conlleve a marginación y segregación de cualquier tipo. Este proceso permite acceder a todos los espacios sociales, culturales, políticos y económicos en igualdad de oportunidades.

Objetivo del prograna

Incrementar el acceso a los servicios sociales para la población con discapacidad.

Actividades

  1. El Municipio de Pasto cuenta con una POLÍTICA PÚBLICA DE DISCAPACIDAD E INCLUSIÓN SOCIAL DEL MUNICIPIO DE PASTO "PASTO, TERRITORIO SIN LÍMITES 2019 – 2031”.
  2. Orientación y rutas de atención para la población condiscapacidad.
  3. Apoyo a organizaciones de personas con discapacidad física, visual, auditiva, cognitiva y múltiple que presentan propuestas de proyectos productivos, donde se evalúan para dar su respectivo apoyo en insumos, materiales o equipos.
  4. Con el fin de promover la empleabilidad de personas con discapacidad, se realiza articulación con las agencias públicas de empleo de SENA y COMFAMILIAR de Nariño, para la implementación de la Ley 2466 del 2025 encaminada a los procesos de inclusión laboral de personas con discapacidad en el sector privado, más el fomento de iniciativas de emprendimiento en alianza con entidades como la Escuela de Artes y oficios, SENA, Casa del Joven y otras en diferentes cursos de formación ofertados para la inclusión de personas con discapacidad y/o cuidadores.
  5. Talleres culturales para niños, niñas, jóvenes y adultos con discapacidad para el desarrollo y fortalecimiento de habilidades artísticas.
  6. Comité Municipal de Discapacidad que funciona con el fin de articular acciones interinstitucionales a favor de la población con discapacidad.
  7. Programa de Atención Integral a personas con discapacidad severa – múltiple: En virtud del Acuerdo Municipal No. 038 del 2024 del Honorable Concejo Municipal de Pasto, en el cual se focaliza a personas con discapacidad severa – múltiple, con SISBEN hasta categoría C10, de nacionalidad colombiana y residencia en el Municipio de Pasto, con una edad cronológica de los 0 a los 30 años quienes no reciban ningún otro subsidio o pensión estatal, se les brinda los servicios de asesoría jurídica, asesoría psicológica, atención psicosocial y seguimiento permanente a las familias mediante el suministro de complementos alimentarios.

Requisitos programa de atencion integral a personas con discapacidad severa - múltiple

  1. Tener un Puntaje del SISBÉN inferior a categoría C10 registrado en Pasto y/o, ser víctima del conflicto armado y/o población indígena, conforme a las normas que establecen dicha condición, aquellas que la modifiquen o la sustituyan.
  2. Edad cronológica a partir de 0 años hasta los 30 años.
  3. Tener nacionalidad colombiana y ser residente del municipio de Pasto.
  4. Estar en tratamiento o valoraciones constantes por los profesionales de la salud (fisioterapia, terapia ocupacional, fonoaudiología, sicología, trabajo social, neurólogo, fisiatra, internista entre otros).
  5. Existencia por lo menos de un miembro con discapacidad severa múltiple en la familia.
  6. No ser beneficiarios de otros subsidios del estado como pensión de invalidez, sobreviviente, vejez o modalidades similares, subsidio de hogar gestor, hogar sustituto del ICBF, subsidios del departamento administrativo para la Prosperidad Social "PROSPERIDAD SOCIAL".
  7. Por causa de la discapacidad, la persona beneficiaria deba estar bajo el cuidado de un cuidador de carácter permanente, el cual por esta razón no pueda desempeñar actividades laborales.
  8. Haberse realizado la visita domiciliaria por parte del equipo interdisciplinario para que verifiquen las condiciones de la persona con discapacidad severa.